Bienes con IVA 0% y 15% en Ecuador 2026
Guía informativa sobre la correcta aplicación de la tarifa 0% de IVA en productos alimenticios, leche, pan, combos y bienes procesados, según criterios recientes del SRI.
¿Qué es la tarifa 0% de IVA?
La tarifa 0% de IVA es un tratamiento tributario previsto en la Ley de Régimen Tributario Interno para determinados bienes y servicios. No debe aplicarse por analogía ni por interpretación amplia, sino únicamente cuando el bien o servicio encaja en los casos establecidos por la normativa.
En el caso de alimentos, el SRI ha precisado que la tarifa 0% aplica principalmente a productos alimenticios de origen agropecuario en estado natural, siempre que no hayan sido sometidos a procesos que modifiquen su naturaleza.
Criterio actualizado del SRI
Mediante la Circular Nro. NAC-DGECCGC26-00000002, el SRI precisó la aplicación del IVA en la importación y comercialización local de productos alimenticios conforme al artículo 55 de la Ley de Régimen Tributario Interno.
Posteriormente, mediante la Circular Nro. NAC-DGECCGC26-00000005, el SRI complementó estos criterios para aclarar el tratamiento de dos bienes puntuales: la leche y el pan.
Estado natural
Los alimentos agropecuarios en estado natural pueden mantener tarifa 0% si no existe elaboración que modifique su naturaleza.
Productos procesados
Los productos cocidos, aderezados, precocidos, mezclados o transformados industrialmente pueden gravar 15% de IVA.
Combos y lotes
Si un conjunto incluye al menos un bien gravado con 15%, el conjunto completo puede quedar gravado con 15%.
Tabla referencial: IVA 0% vs IVA 15%
Esta tabla resume criterios orientativos para clasificar ciertos bienes alimenticios. La aplicación final debe verificarse con la normativa vigente, facturas, composición del producto, presentación comercial y documentos de importación cuando corresponda.
| Categoría | Tarifa 0% de IVA | Tarifa 15% de IVA |
|---|---|---|
| Alimentos de origen agropecuario |
0% Carnes, pescado, frutas, verduras y demás productos en estado natural. Incluye refrigeración, congelación, pilado, cortado y empaque, siempre que no modifiquen su naturaleza. |
15% Pulpas, jugos procesados, batidos, infusiones listas para beber, carnes cocidas, adobadas o marinadas, sazonadores, tofu y mezclas de carnes con otros bienes. |
| Lácteos |
0% Leche en estado natural, pasteurizada, homogeneizada o en polvo de producción nacional. También leche descremada y semidescremada sin aditivos, quesos, yogures, leches maternizadas y proteicos infantiles. |
15% Leches importadas, leche descremada o semidescremada con aditivos, enzimas, saborizantes o frutas; leche saborizada, condensada, evaporada, dulce de leche, suero, crema de leche y nata procesada. |
| Productos elaborados: pan, fideos y otros |
0% Azúcar, panela, sal, manteca, margarina, avena, maicena, fideos, harinas de consumo humano, aceites comestibles excepto oliva, enlatados nacionales de atún, macarela, sardina y trucha. Pan que cumpla la NTE INEN 2945. |
15% Pan que no cumpla la NTE INEN 2945, productos de pastelería, pasteles, galletas, muffins, apanadura, empanadas, pan de molde, panetón, sánduches, sopas instantáneas, edulcorantes y enlatados importados. |
| Combos, lotes y presentaciones agrupadas |
0% Solo si todos los bienes incluidos en el conjunto gozan individualmente de tarifa 0%. |
15% Si al menos uno de los bienes agrupados está gravado con 15%, el conjunto entero queda gravado con 15%. |
Aclaración especial sobre leche
El SRI precisó que la leche de producción nacional descremada y semidescremada mantiene la tarifa 0% de IVA cuando el proceso se limita a la separación física de la grasa láctea.
Sin embargo, si además se agregan aditivos, enzimas, saborizantes, frutas u otros elementos que modifiquen su naturaleza, el producto queda gravado con la tarifa general vigente del 15% de IVA.
Puede mantener 0%
Leche nacional descremada o semidescremada sin aditivos adicionales que modifiquen su naturaleza.
Puede gravar 15%
Leche saborizada, con frutas, aditivos, enzimas u otros procesos que cambien su naturaleza.
Aclaración especial sobre pan
En cuanto al pan, el SRI precisó que la tarifa 15% aplica a los panes que no se adecuen a la definición o requisitos previstos en el numeral 3 de la Norma Técnica Ecuatoriana 2945 emitida por el INEN.
Por ello, no todo producto de panadería debe tratarse automáticamente como tarifa 0%. Productos de pastelería, panetón, muffins, galletas, sánduches, empanadas u otros preparados pueden tener tratamiento distinto según su composición y clasificación.
Regla para combos, lotes y empaques mixtos
Cuando se comercializan productos en combos, lotes o presentaciones agrupadas, la tarifa no debe analizarse únicamente por el producto principal. Si el conjunto incluye bienes con diferente tratamiento tributario, puede aplicarse la tarifa general al conjunto completo.
Combo con 0%
Todos los bienes incluidos gozan individualmente de tarifa 0% y no existe un producto gravado con 15% dentro del conjunto.
Combo con 15%
El lote incluye al menos un producto preparado, procesado o gravado con la tarifa general vigente.
Cómo revisar correctamente la tarifa de IVA
Identifica el producto
Revisa si se trata de un alimento en estado natural, un producto elaborado, un lácteo, pan, combo o producto preparado.
Verifica si hubo transformación
Analiza si el producto fue cocido, aderezado, precocido, mezclado, saborizado, enlatado, preparado o sometido a procesos industriales.
Revisa composición y presentación
Comprueba ingredientes, empaque, ficha técnica, etiqueta, forma de venta y si se comercializa individualmente o en conjunto.
Consulta normativa aplicable
Contrasta el producto con el artículo 55 de la Ley de Régimen Tributario Interno, circulares del SRI y normas técnicas aplicables.
Documenta el criterio usado
Conserva respaldo del análisis tributario, facturas, fichas técnicas, clasificación arancelaria y documentos de soporte.
¿Qué pasa si se aplicó mal la tarifa?
El SRI advierte que las aplicaciones incorrectas de la tarifa deben regularizarse mediante declaraciones sustitutivas cuando corresponda. Esto puede implicar el pago del impuesto omitido, intereses y sanciones.
Documentos que conviene conservar
Etiquetas y fichas técnicas
Información sobre composición, ingredientes, procesamiento, presentación comercial y uso del producto.
Facturas y comprobantes
Documentos de compra, venta, importación, nacionalización y respaldo contable.
Criterio tributario
Soportes normativos, análisis interno, clasificación arancelaria y documentos usados para aplicar la tarifa.
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Preguntas frecuentes
¿Todos los alimentos tienen IVA 0%?
No. La tarifa 0% aplica de forma restrictiva a los bienes expresamente previstos en la normativa. Los productos procesados, preparados o transformados pueden gravar 15%.
¿Las frutas y verduras tienen IVA 0%?
Generalmente pueden mantener tarifa 0% si se comercializan en estado natural y no han sido sometidas a procesos que modifiquen su naturaleza.
¿La leche descremada tiene IVA 0%?
La leche de producción nacional descremada o semidescremada puede mantener tarifa 0% si no contiene aditivos, enzimas, saborizantes, frutas u otros elementos que modifiquen su naturaleza.
¿Todo el pan tiene IVA 0%?
No. El pan debe cumplir la definición o requisitos previstos en la Norma Técnica Ecuatoriana INEN 2945. Otros productos de panadería o pastelería pueden gravar 15%.
¿Qué pasa con los combos de productos?
Si un combo incluye al menos un producto gravado con 15% de IVA, el conjunto completo queda gravado con 15%.
¿Qué hago si apliqué mal la tarifa 0%?
Debes revisar el caso y, si corresponde, regularizar mediante declaraciones sustitutivas, pagando el impuesto omitido, intereses y sanciones aplicables.