Impuesto a la Salida de Divisas (ISD)
Guía Completa 2025 - Todo sobre el ISD en Ecuador: Tasas actuales, exenciones, declaraciones y obligaciones según el Servicio de Rentas Internas.
¿Qué es el Impuesto a la Salida de Divisas?
El Impuesto a la Salida de Divisas (ISD) es un tributo que grava las transferencias de recursos financieros al exterior. Sin embargo, es importante destacar que no todas las salidas de divisas están sujetas a este impuesto.
Alcance del Impuesto
El ISD aplica específicamente a ciertas operaciones de carácter financiero hacia el exterior.
- Transferencias bancarias al exterior
- Giros internacionales
- Pagos por importaciones
- Inversiones en el exterior
- Pago de servicios externos
- Operaciones cambiarias específicas
Base Legal
El fundamento jurídico del ISD se encuentra en la Ley Orgánica de Régimen Tributario Interno.
- Artículo 74 de la LORTI
- Reglamento específico del ISD
- Resoluciones del SRI
- Normativa del Banco Central
- Acuerdos internacionales
- Jurisprudencia aplicable
Características Técnicas
El ISD presenta particularidades importantes en su aplicación y cálculo.
- Tasa progresiva según el monto
- Base imponible en dólares
- Retención en la fuente
- Declaración mensual obligatoria
- Exenciones específicas
- Tratamientos especiales
Tasas del ISD Vigentes 2025
Según el monto de la transferencia
| Monto de Transferencia | Tasa Aplicable | Base Imponible | Observaciones |
|---|---|---|---|
| Hasta USD 1,166 | 0% | Monto total | EXENTO |
| USD 1,166.01 - 5,000 | 2% | Exceso sobre USD 1,166 | PROGRESIVO |
| USD 5,000.01 - 20,000 | 3% | Exceso sobre USD 5,000 | PROGRESIVO |
| USD 20,000.01 - 50,000 | 4% | Exceso sobre USD 20,000 | PROGRESIVO |
| Más de USD 50,000 | 5% | Exceso sobre USD 50,000 | PROGRESIVO |
Ejemplo de Cálculo
Para una transferencia de USD 25,000: Los primeros USD 1,166 son exentos, de USD 1,166.01 a 5,000 paga 2%, de USD 5,000.01 a 20,000 paga 3%, y el exceso sobre USD 20,000 paga 4%.
Exenciones y Tratamientos Especiales
Operaciones Exentas
- Transferencias entre cuentas propias
- Pago de deuda externa pública
- Operaciones de comercio exterior
- Giros para educación y salud
- Transferencias a organismos internacionales
- Inversiones autorizadas
Tratamientos Preferenciales
- Exportadores calificados
- Empresas en zonas francas
- Sectores prioritarios
- Inversión en desarrollo
- Proyectos estratégicos
- Convenios especiales
Documentación Requerida
- Formulario de declaración
- Comprobante de transferencia
- Documentos de soporte
- Certificados de exención
- Autorizaciones específicas
- Registros contables
Proceso de Declaración y Pago
Identificación de la Operación
Inicialmente, se debe determinar si la transferencia está sujeta al ISD. Para ello, es necesario analizar el tipo de operación y su destino.
Cálculo del Impuesto
Posteriormente, se procede a calcular el monto del impuesto aplicando la escala progresiva. Es fundamental considerar las exenciones aplicables.
Retención en la Fuente
En la mayoría de casos, las instituciones financieras actúan como agentes de retención. No obstante, algunas operaciones requieren declaración directa.
Declaración Mensual
Luego, se debe presentar la declaración correspondiente ante el SRI. Generalmente, este proceso se realiza a través del formulario específico para ISD.
Conservación de Documentos
Finalmente, es obligatorio conservar toda la documentación soporte por un período mínimo de 7 años. De esta manera, se asegura el cumplimiento normativo.
Operaciones Sujetas al ISD
Transferencias Bancarias
- Giros al exterior por cualquier concepto
- Transferencias entre cuentas de diferentes titulares
- Pagos por compras internacionales
- Inversiones en el exterior
- Pago de dividendos y utilidades
- Remesas de utilidades al exterior
Operaciones de Comercio
- Pago de importaciones
- Servicios contratados en el exterior
- Regalías y asistencia técnica
- Primas de seguros internacionales
- Fletes y acarreos externos
- Honorarios profesionales externos
Operaciones Financieras
- Pago de intereses de deuda externa
- Inversiones en valores extranjeros
- Operaciones de reporto internacional
- Compra de divisas para inversión
- Operaciones de cobertura cambiaria
- Derivados financieros internacionales
Consideraciones Importantes
Plazos de Declaración
La declaración del ISD debe presentarse mensualmente, hasta el día 15 del mes siguiente al período de retención. El incumplimiento genera multas e intereses.
Responsabilidad del Contribuyente
Aunque las instituciones financieras actúan como retenedores, la responsabilidad final recae en el contribuyente. Por lo tanto, es fundamental verificar la correcta aplicación del impuesto.
Actualizaciones Normativas
Las tasas y condiciones del ISD pueden modificarse mediante leyes o regulaciones específicas. En consecuencia, se recomienda verificar periódicamente los cambios en la normativa.
Preguntas Frecuentes sobre ISD
¿Todas las transferencias al exterior pagan ISD?
No, existen varias exenciones. Por ejemplo, las transferencias entre cuentas propias en el exterior y los pagos por importaciones de bienes están exentos bajo ciertas condiciones.
¿Cómo se calcula el ISD para montos grandes?
El cálculo es progresivo. Es decir, se aplican diferentes tasas a los excesos sobre cada tramo. Por consiguiente, no toda la transferencia paga la misma tasa.
¿Quién debe declarar el ISD?
Generalmente, las instituciones financieras actúan como agentes de retención. Sin embargo, en algunos casos el contribuyente debe realizar la declaración directa.
¿Qué documentación debo conservar?
Se debe guardar el comprobante de transferencia, la declaración presentada y cualquier documento que acredite exenciones aplicables. Además, estos documentos deben conservarse por 7 años.
¿Las transferencias entre cuentas propias pagan ISD?
Las transferencias entre cuentas de un mismo titular están exentas del ISD. No obstante, deben cumplir con los requisitos establecidos en la normativa.
¿Qué pasa si no declaro el ISD?
El incumplimiento genera multas que pueden llegar hasta el 100% del impuesto omitido. Asimismo, se aplican intereses moratorios sobre el monto adeudado.
Recomendaciones Prácticas
Mejores Prácticas
- Planifica las transferencias considerando el ISD
- Verifica las exenciones aplicables a cada operación
- Conserva documentación por 7 años como mínimo
- Revisa comprobantes de retención bancaria
- Actualiza conocimientos sobre cambios normativos
- Consulta especialistas para operaciones complejas
Asesoría Especializada
Dada la complejidad del ISD y las sanciones por incumplimiento, se recomienda buscar asesoría especializada en comercio exterior y tributación internacional.
Guía del Impuesto a la Salida de Divisas (ISD) 2025 - Ecuador
Para consultas oficiales y normativa actualizada, visita el portal del Servicio de Rentas Internas: sri.gob.ec/isd