¿Fuiste Designado Miembro de Junta Receptora del Voto?
Consulta aquí si has sido seleccionado para formar parte de una junta receptora del voto. Miles de ciudadanos son designados cada año para garantizar la transparencia y normalidad de los procesos electorales. Verifica tu asignación y conoce tus responsabilidades.
Consulta tu Designación como Miembro de JRV
El Consejo Nacional Electoral ha implementado un sistema en línea para que verifiques fácilmente si has sido designado como miembro de junta receptora del voto. Sigue estos pasos sencillos:
Utiliza el formulario del CNE que encontrarás más abajo en esta página.
Digita tu cédula de identidad completa, sin espacios ni guiones.
Utiliza el formato día/mes/año (DD/MM/AAAA) para este campo.
Marca la casilla correspondiente para confirmar que no eres un robot.
Obtendrás inmediatamente la información sobre tu posible designación.
Designación Aleatoria y Obligatoria
La selección de miembros de juntas receptoras del voto se realiza mediante sorteo público entre ciudadanos inscritos en el registro electoral. Si fuiste designado, es tu deber cívico participar.
Consulta Directa en el Sistema del CNE
Utiliza el siguiente sistema oficial del Consejo Nacional Electoral para verificar tu designación como miembro de junta receptora del voto:
Importante: Verificación de Datos
Si el sistema no muestra información sobre tu designación, asegúrate de haber ingresado correctamente tanto tu cédula como fecha de nacimiento. Recuerda usar el formato DD/MM/AAAA para la fecha.
Roles y Responsabilidades en la Junta Receptora
Cada junta receptora del voto está compuesta por ciudadanos designados que cumplen funciones específicas durante la jornada electoral:
Presidente de JRV
Coordina las actividades de la junta, verifica la identidad de los votantes y supervisa el correcto desarrollo de la votación.
Secretario de JRV
Lleva el registro de votantes, completa las actas electorales y verifica la documentación presentada.
Vocal de JRV
Asiste en las funciones de la junta, entrega el material electoral y colabora en el conteo de votos.
Requisitos y Obligaciones como Miembro de JRV
Requisitos para Ser Miembro
- Ser ciudadano ecuatoriano en pleno goce de derechos políticos
- Tener mínimo 18 años de edad
- Saber leer y escribir
- No tener impedimento legal para ejercer funciones públicas
- Estar inscrito en el registro electoral
Compromisos del Día Electoral
- Presentarse en el recinto a las 6:00 AM
- Instalar la mesa de votación
- Atender a los votantes de 7:00 AM a 5:00 PM
- Realizar el escrutinio de votos
- Completar y firmar las actas electorales
Capacitación para Miembros de JRV
El CNE proporciona capacitación obligatoria para todos los ciudadanos designados como miembros de juntas receptoras del voto:
Capacitación Virtual
Módulos en línea disponibles las 24 horas con material interactivo sobre procedimientos electorales, llenado de actas y manejo de situaciones especiales.
Sesiones Presenciales
Talleres prácticos en diferentes ciudades del país, donde podrás resolver dudas específicas y practicar los procedimientos con material electoral real.
Certificación Oficial
Al completar satisfactoriamente la capacitación, recibirás un certificado oficial del CNE que acredita tu preparación para ejercer como miembro de junta receptora del voto.
Preguntas Frecuentes sobre Miembros de JRV
Sí, existen causales específicas para excusarse, como:
- Tener más de 65 años de edad
- Padecer enfermedad grave debidamente certificada
- Ser responsable del cuidado de personas con discapacidad
- Encontrarse a más de 200 km del lugar de votación
- Ser miembro de fuerzas armadas o policía en servicio activo
La solicitud de excusa debe presentarse ante el CNE dentro de los plazos establecidos.
Los miembros de juntas receptoras del voto reciben una compensación económica establecida por el CNE por concepto de viáticos y gastos de movilización. Esta compensación varía según la ubicación del recinto electoral y las responsabilidades asignadas.
Adicionalmente, recibirás un certificado de participación que puede ser valorado en tu hoja de vida.
La inasistencia injustificada como miembro de junta receptora del voto está sancionada por la ley. Puede acarrear:
- Multas económicas establecidas en el Código de la Democracia
- Inhabilitación temporal para ejercer funciones públicas
- Problemas con tu registro electoral
Si tienes un impedimento legítimo, es fundamental que solicites tu excusa con anticipación.
No existen restricciones por tener familiares candidatos en las elecciones. Sin embargo, si te designan en la misma parroquia donde tu familiar es candidato, puedes solicitar ser reasignado a otra junta receptora para evitar conflictos de interés.
La transparencia y neutralidad son fundamentales en el proceso electoral.
¿Necesitas Más Información?
Si tienes dudas sobre tu designación, requisitos o procedimientos, contacta directamente al Consejo Nacional Electoral:
Servicio a la Democracia
Ser miembro de junta receptora del voto es un honor y una responsabilidad cívica fundamental. Tu participación garantiza elecciones transparentes y fortalece nuestra democracia.